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BASES LEGALES
“PRUEBA Y GANA”
Identificación del Responsable de la Promoción y fechas
GRUPO OSBORNE, SAU en adelante, “OSBORNE”, con domicilio social en calle Fernán Caballero, 7. 11500 El Puerto de Santa Maria (Cádiz) y provista de CIF A11535564, llevará a cabo una promoción denominada PRUEBA Y GANA, válida del 13 de junio de 2026 al 21 de junio de 2026, ambos inclusive, (en adelante, la “Promoción”)
Finalidad de la Promoción:
La finalidad de la Promoción es la de incentivar la compra de las variedades de LICORES DEL MONO, Verbena de Limón, Antojo de Galleta y Sarao de Hierbas, comercializadas por OSBORNE de las (en adelante “Producto Promocionado”).
Territorio y plazo de la Promoción:
La Promoción tendrá lugar desde el 13 del al 21 de junio de 2026 (en adelante, el “Periodo Promocional”), ambos inclusive y su ámbito territorial abarcará exclusivamente la ciudad de Madrid.
Requisitos de participación en la Promoción:
Podrán participar en la Promoción, personas físicas, mayores de 18 años, residentes legales en el Territorio, que hayan adquirido al menos una (1) botella de los Productos Promocionados, en los establecimientos Alcampo, ubicados en el centro comercial la Vaguada y en el de Moratalaz, donde se realizarán degustaciones de los productos promocionados.
Los consumidores podrán participar en la promoción tantas veces como deseen a lo largo de la promoción, siempre que lo hagan cada vez con un ticket de compra diferente independientemente de las unidades de Productos Promocionados adquiridos. Un mismo ticket no podrá ser utilizado por personas diferentes, ni en más de una ocasión por la misma persona.
No podrán participar en la Promoción los empleados de OSBORNE, ni los colaboradores directos y/o indirectos que hayan participado en esta Promoción, ni el canal de distribución de los Productos Promocionados, ni tampoco los familiares en primer grado de cualquiera de los anteriores.
Para participar en la Promoción será imprescindible cumplir los requisitos descritos en las presentes bases legales, haber adquirido al menos un (1) Producto Promocionado y disponer del ticket correspondiente.
Premios:
Habrá sesenta (60) ganadores y cada ganador tendrá derecho a un Tripack Licores del Mono compuesto por tres botellas de 70 cl., cada una correspondientes a las variedades promocionadas en la presente promoción.
6. Mecánica de participación y adjudicación de los premios
Durante el Periodo Promocional, el responsable de la Promoción comercializará (en los establecimientos adheridos) los Productos Promocionados, donde ofrecerá una degustación de los mismos, y repartirá dípticos con recetas realizadas con los productos promocionados.
Para participar, el consumidor deberá adquirir durante el Periodo Promocional, al menos una (1) unidad de los productos indicados en el punto 2º de las presentes bases y deberá conservar el ticket de compra.
A continuación, deberá acceder a la web escaneando el código QR que encontrará en el díptico recibido en el establecimiento, o introduciendo la siguiente dirección en el navegador de internet https:// promociones.licoresdelmono.com (el “Microsite”) y cumplimentar el formulario de participación con los siguientes datos: nombre, apellidos, fecha de nacimiento, establecimiento donde ha adquirido el producto, número de teléfono móvil, e-mail y dirección postal completa donde se le enviará el premio en caso de resultar agraciado.
Además, en el Microsite se deberá indicar los datos del ticket de compra y subir la imagen de éste, donde se vean claramente los siguientes datos: detalle del producto promocionado adquirido, fecha y hora de la compra, número del ticket aportado, así como importe total del mismo y datos del establecimiento donde se ha adquirido.
La aportación de la información anterior será obligatoria para poder participar en la promoción.
La fecha del ticket de compra del producto deberá estar comprendida dentro del Periodo Promocional y el original del mismo así como imagen del DNI, podrán ser requeridas como condición imprescindible para hacer entrega de los premios obtenidos.
La mecánica del sorteo para la promoción es la de “Momentos Ganadores”, que otorgará sesenta (60) premios entre el 13 de junio y el 21 de junio de 2026, de forma aleatoria mediante una plataforma informática. Con carácter previo al inicio de la promoción, se establecerá cuál será el “Momento Ganador” para cada uno de los premios sorteados. Cada “Momento Ganador” estará determinado por un día, hora, minuto y segundo. Los “Momentos Ganadores” serán absolutamente confidenciales y el listado se facilitará a los Notarios del Ilustre Colegio de Notarios de Madrid D. Pedro L. Gutiérrez Moreno o D. Javier Barreiros Fernández, para su protocolización junto a las presentes bases legales.
Si no se produjese ninguna participación en el momento asignado para un premio sorteado, el ganador será la primera persona que participe conforme a lo estipulado en las presentes bases legales a partir de dicho “Momento Ganador”, con el fin de entregar todos los premios puestos en juego.
Los participantes cuya participación coincida con un Momento Ganador, automáticamente visualizarán un mensaje en la pantalla que les indicará el premio obtenido. Estos ganadores, no podrán obtener otro premio a lo largo de la promoción.
Asimismo, se les indicará que el envío del premio está supeditado a la comprobación del ticket de compra aportado en su participación, cuya información deberá coincidir con la registrada en su participación. El plazo máximo para la verificación del ticket será de diez (10) días naturales desde la obtención del premio.
Una vez verificado dicho ticket, si todo es correcto, el Ganador recibirá un correo electrónico confirmando la obtención del premio y la fecha aproximada de entrega del mismo que se realizará mediante mensajería.
En caso de no encontrarse la persona ganadora en el domicilio, el mensajero dejará aviso de paso y el ganador deberá acercarse a la delegación más cercana indicada en la notificación en el plazo marcado. Si el ganador no recogiera un paquete en el plazo marcado, este, será devuelto a su origen y el ganador perderá todo derecho sobre el mismo. No se realizarán reexpediciones.
Los premios en ningún caso podrán cambiarse por otros o por su importe económico, sin perjuicio de lo cual, la empresa organizadora, por causas de fuerza mayor, podrá cambiar fechas o emplazamientos indicados.
Recomendamos incluir la dirección de correo electrónico licoresdelmono@im25.es en los contactos de la aplicación de correo electrónico para evitar que los correos entren en la bandeja de spam.
En el supuesto de que, tras verificar el ticket de compra de un participante cuya participación haya coincidido con un “Momento Ganador”, este no cumpliera con las condiciones establecidas en la promoción, o fuera incorrecto, las unidades declaradas no fueran las que figuran en el ticket de compra o fueran ilegibles, el premio conseguido quedará anulado y pasará al participante inmediatamente anterior al Momento Ganador anulado.
Un participante cuyo premio sea anulado, recibirá un e-mail a la cuenta de correo facilitada, explicando el motivo de la anulación del premio y perderá cualquier derecho de reclamación sobre el mismo.
Se habilita el correo electrónico licoresdelmono@im25.es con el fin de poder atender las consultas de los participantes.
Los consumidores podrán realizar reclamaciones o consultas sobre sus participaciones hasta el 21/07/2026, fecha en la que se eliminarán todos los datos de las participaciones no agraciadas, por lo que pasado dicho plazo, la empresa que gestiona la promoción no dispondrá en sus sistemas de la información necesaria para atender dichas reclamaciones.
7. Limitaciones a la participación:
OSBORNE, queda facultada para excluir a los participantes que no cumplan con los requisitos de la presente Promoción o que, a juicio de OSBORNE, hubieran incumplido cualquier otra previsión de las presentes bases legales y/o que defrauden, alteren o inutilicen el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
Con la finalidad de verificar el cumplimiento de las presentes bases, evitar participaciones duplicadas o fraudulentas y garantizar el correcto desarrollo de la Promoción, OSBORNE y, en su caso, IMC , podrán realizar comprobaciones razonables sobre la información facilitada por los participantes.
A estos efectos, podrán contrastarse los datos identificativos y de contacto facilitados en el formulario de participación, los datos contenidos en el ticket de compra aportado, así como aquellos datos estrictamente necesarios para comprobar la autenticidad de la participación, la unicidad del reembolso solicitado y la inexistencia de fraude o abuso de la Promoción.
En particular, podrán verificarse coincidencias entre participaciones en relación con datos como el nombre y apellidos, documento identificativo, dirección de correo electrónico, número de teléfono, IBAN o medio de reembolso, domicilio, datos del ticket de compra aportado o cualesquiera otros datos estrictamente necesarios para confirmar que una misma persona, unidad familiar o domicilio no ha excedido el límite de participación establecido en estas bases.
Asimismo, podrán realizarse comprobaciones técnicas dirigidas exclusivamente a detectar registros automatizados, manipulaciones, usos anómalos de la web promocional o indicios objetivos de fraude en la participación.
En caso de detectarse inconsistencias, duplicidades, indicios razonables de fraude o incumplimiento de las presentes bases, OSBORNE podrá requerir al participante información o documentación adicional acreditativa y, en caso de no quedar suficientemente justificada la validez de la participación, podrá rechazarla o anularla.
En ningún caso estas comprobaciones tendrán por finalidad la adopción de decisiones basadas exclusivamente en tratamientos automatizados con efectos jurídicos sobre el participante, sin perjuicio de las validaciones técnicas y revisiones necesarias para la gestión segura de la Promoción.”
Datos Personales: Nombre y apellidos, DNI/NIE/Pasaporte, número de teléfono o dirección de correo electrónico.
Datos de Localización: Mismo domicilio físico de entrega o residencia.
Datos Técnicos: Misma dirección IP, patrón de navegación sospechoso o uso de dispositivos vinculados.
Datos de Compra: Mismo ticket de compra (número de factura, establecimiento, número de socio de establecimiento, fecha y hora). El ticket de compra debe ser original, legible y haber sido abonado en el establecimiento de adquisición íntegramente por el participante.
IMC se reserva el derecho de solicitar el DNI/NIE/ Pasaporte y el ticket de compra físico original para verificar la identidad del ganador antes de entregar el premio. Cualquier sospecha de uso de cuentas falsas, bots, tickets manipulados o alteraciones técnicas facultará a IMC para descalificar al participante de forma unilateral y sin previo aviso.
El hecho de participar en la Promoción implicará la aceptación de las presentes bases legales sin reserva alguna.
8. Exoneración de responsabilidad
Ni OSBORNE ni la empresa que gestiona la promoción asumirán ninguna responsabilidad por problemas o fallos técnicos, líneas telefónicas, sistemas informáticos, servidores, software o error, incluyendo cualquier mensaje de correo electrónico vinculado a la presente Promoción.
9. Declaración responsable
OSBORNE se compromete a llevar a cabo la presente Promoción conforme con los principios de legalidad, veracidad y autenticidad recogidos en nuestro ordenamiento jurídico, prestando especial atención a la normativa sobre protección de menores.
10. Política de privacidad:
De conformidad con el Reglamento General de Protección de Datos 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 abril de 2016, OSBORNE informa a los participantes, que los datos consignados por ellos para su participación en el Concurso son voluntariamente facilitados por el interesado autorizando a que los mismos sean incorporados a un fichero automatizado para su tratamiento de conformidad a la política de privacidad siguiente:
INFORMACIÓN SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES RELATIVA A CONCURSOS |
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Responsable |
¿Quién es el Responsable del tratamiento de sus datos? GRUPO OSBORNE S.A.U C.I.F.: A11535564 Dirección: C/ Fernán Caballero 7, 11500 El Puerto de Santa María (Cádiz) Mail para atención de solicitudes en materia de datos personales: rgpd@osborne.es |
Finalidad |
¿Para qué tratamos sus datos? Gestión de la participación de personas interesadas en concursos y sorteos organizados por Osborne a través de redes sociales. Envío de newsletter e información comercial Realización de encuestas de calidad |
Legitimación |
¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos? Consentimiento: artículo 6.1.a) del Reglamento General Europeo de Protección de Datos. Interés legítimo para el envío de newsletter e información comercial y realización de encuestas de calidad: artículo 6.1.f) del Reglamento General Europeo de Protección de Datos. |
Destinatarios |
¿A quién comunicamos sus datos? Los datos personales sólo serán comunicados en el caso de ser necesario para el cumplimiento de obligaciones legalmente establecidas. |
Transferencias internacionales |
¿En qué supuestos se realizan? En el caso de que la prestación de servicios requiera compartir datos con prestadores de servicios dentro y fuera de la Unión Europa que dan soporte a la gestión de este tratamiento, se garantiza el cumplimiento de las garantías adecuadas de confidencialidad y seguridad en el tratamiento de los datos. |
Conservación |
¿Durante cuánto tiempo conservamos sus datos? Los datos personales relativos a la participación en el concurso se conservan hasta la finalización del proceso con la entrega del premio. Los datos personales relativos al envío de información comercial, a la fidelización y a la determinación de preferencias o perfiles se conservan hasta que la persona solicite su oposición al tratamiento o, en su caso, retire su consentimiento. |
Derechos |
¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos? Las personas interesadas tienen derecho a obtener confirmación sobre si la organización está tratando datos personales que le conciernan, a acceder a los mismos, así como a solicitar la rectificación de los datos inexactos o, en su caso, solicitar su supresión cuando, entre otros motivos, los datos ya no sean necesarios para los fines que fueron recogidos, a solicitar la limitación del tratamiento de sus datos, a oponerse al mismo y a solicitar la revocación del consentimiento. La persona interesada puede ejercitar sus derechos dirigiendo un correo electrónico a la dirección rgpd@osborne.es Puede presentar una reclamación ante la Agencia de Protección de Datos, especialmente cuando no haya obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, en la dirección postal y/o electrónica indicada en la página www.aepd.es |
Seguridad |
Los datos serán tratados de forma confidencial y bajo el sometimiento a medidas técnicas y organizativas de seguridad adecuadas para evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. |
Los participantes podrán realizar reclamaciones o consultas sobre sus participaciones hasta el 30/09/2026. Transcurrido dicho plazo, se eliminarán los datos correspondientes a las participaciones no reembolsadas, por lo que IMC no dispondrá en sus sistemas de la información necesaria para atender reclamaciones o consultas relativas a dichas participaciones. No obstante, en relación con las participaciones que hubieran dado lugar al correspondiente reembolso, IMC podrá conservar, exclusivamente a efectos de justificación ante las autoridades competentes y en cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales que resulten de aplicación, la documentación acreditativa de dichos reembolsos durante el plazo máximo de cinco (5) años desde su abono, procediéndose posteriormente a su supresión.
Si Ud. considera que el tratamiento de sus datos personales vulnera la normativa, Ud. puede presentar una reclamación a través de la dirección postal arriba indicada en el presente apartado 13 o a la dirección de correo electrónico rgpd@osborne.es o presentar una reclamación ante la Agencia Españolade Protección de Datos ubicada en C/ Jorge Juan, 6 28001 Madrid.
11. Legislación y competencia:
Las presentes bases legales se rigen por la legislación española y tanto los participantes en la Promoción como OSBORNE, con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderles, se someten expresamente, para el conocimiento de cualquier litigio que pudiera plantearse en cuanto a la interpretación o aplicación de las presentes bases legales, a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales españoles y, en particular, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid (España).
12. Régimen fiscal
Los premios objeto de la presente Promoción no se encuentran sujetos a retención ni a ingreso a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de acuerdo con el artículo 75.3.f) del Real Decreto 439/2007, por el que se aprueba el Reglamento del IRPF, al no ser su base de retención superior a 300 € (trescientos euros).
Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y se modifica el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones, aprobado por Real Decreto 304/2004, de 20 de febrero. Art 7, f) Los premios que se entreguen como consecuencia de juegos organizados al amparo de lo previsto en el Real Decreto-ley 16/1977, de 25 de febrero, por el que se regulan los aspectos penales, administrativos y fiscales de los juegos de suerte, envite o azar y apuestas, y demás normativa estatal y autonómica sobre el juego, así como aquellos cuya base de retención no sea superior a 300 euros
13. Fraude
OSBORNE o cualquier entidad que esté ligada profesionalmente a la presente Promoción podrán, sin notificación previa alguna y de forma unilateral, eliminar la inscripción de aquel participante respecto del que se detecte cualquier anomalía y/o se sospeche que está impidiendo el normal desarrollo en su participación en la presente Promoción, alterando ilegalmente su registro o su participación mediante cualquier procedimiento, técnico o informático para así falsear su participación. A este respecto es importante añadir que OSBORNE ha habilitado los necesarios soportes tecnológicos para detectar cualquier posible actuación fraudulenta, anómala o dolosa que pretenda alterar la participación en la presente Promoción con el objetivo de lograr un premio de forma ilícita y se reserva el derecho de emprender acciones legales contra las personas que lo lleven a cabo